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Palabra más, palabra menos, todos concordamos en buscar bienestar para nuestras vidas. Aun a quienes les gusta el jaleo, a quienes buscan problemas, a quienes revuelven desconsuelos, los guía la búsqueda del bienestar que sucederá a estas tempestades.

Avanzando, en el imaginario colectivo está resuelto qué es el bienestar: bien estar es estar bien.

Deslizamiento de tales cavilaciones, el paso siguiente para estar bien, es no estar mal y para ello se huye ante contratiempos y dificultades.

Pero pendientes las necesidades, por más que se postergue, se aplace o se demore su respuesta, las urgencias volverán.

Este blog trae situaciones de la vida que reflejan cuentas saldadas, cuentas a saldar. Un paso para conseguir otro equilibrio. Ya, aquí y ahora. Otro bienestar es posible.

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viernes, 6 de junio de 2014

San Luis: juicio político a la jueza que liberó a un violador



HACIA UN PROTOCOLO PARA VÍCTIMAS DE ABUSOS


de

El Diario de la República 

Le harán juicio político a la jueza que liberó a un violador

Es Silvina Lafuente, del juzgado de Familia y Menores Nº 2 de Villa Mercedes. Ya la suspendieron. Fue una resolución del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

  • 1/1 2009: Lafuente jura ante el entonces presidente del Superior Tribunal, Florencio Rubio.
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La juez Silvina Verónica Lafuente tenía que decidir cuántos años pasaría en prisión Gerardo Hilario Ortega, un joven que había violado a una chica de 17 años en el cementerio municipal de Villa Mercedes. La Cámara del Crimen Nº 2 de esa ciudad ya lo había declarado culpable. Si el tribunal no le impuso una condena fue porque, para los casos en que el acusado es menor, la Ley deja esa función en manos de los jueces de Familia y Menores. Pero Lafuente consideró que el violador ya se había recuperado. Y lo dejó en libertad.
Apenas la propusieron para juez, encontró oposición. No cumplía el requisito constitucional de tres años en el ejercicio de la profesión, según un planteo que no prosperó.
Esa decisión de la magistrado que había asumido en 2009 llevó al abogado Hernán Echevarría, representante de la joven violada, a denunciar a Lafuente por “ineptitud demostrada en el ejercicio de su función, desconocimiento inexcusable y grave del derecho y parcialidad manifiesta”.
La presentación ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados fructificó el lunes. El Jury decidió por mayoría suspender a la juez para iniciarle un juicio en el que evaluarán su desempeño y decidirán si la reintegran al cargo o la destituyen.
Mientras dure el apartamiento, Lafuente cobrará el cincuenta por ciento del sueldo.
La decisión del Jurado no fue unánime. En contra de la suspensión y la apertura de la causa contra la juez votaron el presidente del Superior Tribunal de Justicia, Oscar Eduardo Gatica, el ministro del Superior Tribunal Horacio Guillermo Zavala Rodriguez (h) y el diputado Ramón Alfredo Domínguez, señaló ayer, en el informe de prensa Nº 596, el Centro de Información Judicial.
A favor de investigar a la juez cuestionada votaron el juez de la Cámara del Crimen Nº 2 de San Luis, Gustavo Adolfo Miranda Folch, Carlos Guillermo Villegas, Jorge Osvaldo Pinto, Carlos Gabriel Samper, y los diputados Gonzalo Javier Estrada y Walter Alberto Ceballos.

Todo para nada
La denuncia que derivó en el juicio político a la magistrado fue hecha por Echevarría en representación de la joven violada el 22 de enero de 2008, explicó ayer el abogado.
La decisión de Lafuente de no aplicarle una pena al acusado desmoralizó a la víctima.
“Estoy decepcionada de la Justicia. Tantos años yendo de un juzgado a otro para nada, porque él (Ortega) está libre. Le tengo que explicar a mi hija por qué no queremos que ande en la calle”, afirmó, llorando, la joven, en abril del año pasado, luego de que el abusador fue declarado culpable por el tribunal pero liberado por la juez de Familia y Menores.
El juicio contra Ortega comenzó el 8 de abril de 2013 y duró dos semanas. El 23, los jueces Aníbal Atilio Astudillo, Daniel Calderón y Guillermo Gatica lo declararon responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal”.
Como el acusado era menor cuando cometió el delito –tenía 17 años–, el tribunal que lo juzgó debía limitarse a declarar su responsabilidad en el hecho y pasarle el caso a la juez de Familia y Menores para que dispusiera sobre él.
La ley de minoridad permite que un menor culpable de un delito tenga la alternativa de someterse a un tratamiento tutelar  y que, en caso de cumplirlo en forma satisfactoria, no le apliquen una pena de prisión.
Lafuente evaluó que Ortega ya había cumplido ese tratamiento y estaba recuperado para la sociedad.
Se basó en dos informes. Uno fue una encuesta socioambiental realizada en el entorno del acusado en setiembre de 2011. Ese diagnóstico señalaba que Ortega “cursaba la escuela secundaria, tenía buena conducta y excelente rendimiento académico, había hecho cursos de gasista y soldador y dejó las drogas por completo”, según explicó Lafuente en sus fundamentos.
Al otro reporte se lo pasó por teléfono Fernando Yáñez, el sacerdote que estaba a cargo de un instituto de menores mendocino. El religioso afirmó que Ortega, se había comprometido a abandonar su conducta delictiva, había cumplido su promesa en los tres años que permaneció internado y estaba apto para reintegrarse a la sociedad. Enviarlo a un penal sería “crear un delincuente”.
Lafuente también tuvo en cuenta la impresión que el condenado le transmitió cuando lo entrevistó en persona. Describió que en ese encuentro Ortega se mostró arrepentido de haber cometido delitos. Pero también le negó haber violado a la chica.
“La juez tenía que imponerle una pena, conforme al fallo de la Cámara, porque Ortega ya era mayor. Pero se excedió en sus facultades. Lo absolvió sin aplicarle sanción alguna y lo dejó en libertad. No le fijó ninguna condición, no lo citó a firmar todos los meses, ni le prohibió consumir drogas ni alcohol”, afirmó ayer Echevarría.
“Consideró que para el momento de resolver ella el caso, el acusado ya se había sometido y había cumplido en forma satisfactoria el tratamiento tutelar. Pero no se basó en ningún informe actualizado. Y además, no tuvo en cuenta los fundamentos de la sentencia de la Cámara para aplicarle la pena. Por eso considero que fue una resolución equivocada”, dijo, tras el fallo, el fiscal Alonso.

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