Aquí un fragmento de este excelente artículo, el que invito a leer; datos al final de esta publicación
2. La prohibición del incesto
Levi-Strauss comienza Las estructuras elementales del
parentesco (1949) examinando la distinción naturaleza/cultura. ¿Dónde termina
la naturaleza y comienza la cultura? Después de repasar los análisis de esta
cuestión realizados por otros autores, concluye que ninguno de ellos permite
establecer con claridad cómo se produce el paso de la naturaleza a la cultura,
pero establece un doble criterio para su distinción: la norma y la
universalidad.
"Sostenemos, pues, que todo lo que es universal en el
hombre corresponde al orden de la naturaleza y se caracteriza por la
espontaneidad, mientras que todo lo que está sujeto a una norma pertenece a la
cultura y presenta los atributos de lo relativo y de lo particular".
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 41.
La prohibición del incesto —observa Lévi-Strauss— posee
ambas características: constituye una regla y tiene carácter universal.
Lévi-Strauss rechaza las teorías de los sociólogos
predecesores sobre el origen de esta prohibición:
- las razones eugenésicas de Morgan y Maine,
- la repugnancia instintiva de Westermarck y Havelock Ellis,
- las reglas de la exogamia de McLennan, Lubbock, Spencer y
Durkheim.
Para Lévi-Strauss la prohibición del incesto es el vínculo
entre la naturaleza y la cultura.
"La prohibición del incesto no tiene origen puramente
cultural, ni puramente natural, y tampoco es un compuesto de elementos tomados
en parte de la naturaleza y en parte de la cultura. Constituye el movimiento
fundamental gracias al cual, por el cual, pero sobre todo en el cual, se cumple
el pasaje de la naturaleza a la cultura".
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 58-9.
La filiación y la alianza son ambas exigencias de la
naturaleza. Sin embargo, mientras que la descendencia (el traspaso de los genes
de padres a hijos) es un proceso prescrito por la naturaleza, no ocurre lo
mismo con el matrimonio. La alianza es un hecho arbitrario en el que interviene
la cultura.
"Si la naturaleza abandona la alianza al azar y a lo
indeterminado es imposible para la cultura no introducir un orden, de cualquier
clase que sea, allí donde no existe ninguno. El papel primordial de la cultura
es asegurar la existencia del grupo como grupo y, por lo tanto, sustituir en
este dominio, como en todos los demás, el azar por la organización. La
prohibición del incesto constituye cierta forma —y hasta formas muy diversas—
de intervención".
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 68.
Las sociedades "primitivas" se caracterizan, según
L-S, por ser "regímenes del
producto escaso". En este tipo de sociedades el grupo o la comunidad es
quien regula la distribución de valores, tales como las mujeres o los
alimentos, muchas veces de manera integrada.
Las mujeres ocupan un papel fundamental en el sistema
primitivo de valores, se las considera bienes escasos y esenciales para la vida
del grupo. En este tipo de sociedades, asevera L-S, las mujeres no sólo son
importantes por el papel primordial que juegan en la reproducción, sino también
en la economía. Esto hace que todos los individuos deseen casarse. La soltería
y la orfandad constituyen situaciones problemáticas.
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Nambikwara. Claude Lévi-Strauss (1995), Saudades do Brasil: 119. |
Si el tabú del incesto no existiera —señala L-S—, la familia
ejercería un control monopolista de las mujeres en detrimento del grupo, algo
que en realidad no sucede.
"Al establecer una regla de obediencia general,
calquiera que sea la regla, el grupo afirma su derecho a vigilar lo que
considera legítimamente como un valor esencial. Se niega a sancionar la
desigualdad natural de la distribución de los sexos en el seno de las familias
y establece, sobre el único fundamento posible la libertad de acceso a las
mujeres el grupo, libertad reconocida para todos los individuos. Este
fundamento es, en síntesis, el siguiente: para reclamar una esposa no pueden
invocarse ni el estado de fraternidad, ni el de paternidad, sino que este
reclamo puede apoyarse en el fundamento de que todos los hombres se encuentran
en igualdad de condiciones en su competencia por todas las mujeres: en el
fundamento de sus relaciones respectivas definidas en términos de grupo y no de
familia".
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 79.
El tabú del incesto impone una restricción (la renuncia a
disponer de la madre o las hijas) a cambio de crear una situación más ventajosa
(la posibilidad de que todos los hombres puedan acceder a todas las demás
mujeres).
Las mujeres constituyen un valor esencial para el grupo. De
ahí que sea éste el que determine que la relación matrimonial sea un asunto
social y no individual. La prohibición del incesto inicia la organización
social de las relaciones sexuales, pero su regulación final dependerá del grupo
y la cultura. En este sentido, La poligamia, según L-S, no contradice la
exigencia de reparto equitativo de mujeres, sino es la superposición de una
regla de reparto social sobre otra, la de la prohibición del incesto.
"Considerada como interdicción, la prohibición del
incesto se limita a afirmar, en un campo esencial para la supervivencia del
grupo, el predominio de lo social sobre lo natural, de lo colectivo sobre lo
individual, de la organización sobre lo arbitrario. Pero incluso en este
momento del análisis, la regla, al parecer negativa, ya engendró su opuesto, ya
que toda prohibición es al mismo tiempo y con otra relación una
prescripción."
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 82.
La función de la prohibición del incesto no es sólo
restringir las relaciones matrimoniales dentro de la familia biológica, sino
favorecer la exogamia, el matrimonio de los miembros de un grupo con los de
otros. En último término lo que la prohibición facilita es el intercambio entre
los grupos sociales.
"A partir del momento en que me prohibo el uso de una
mujer, que así queda disponible para otro hombre, hay, en alguna parte, un
hombre que renuncia a una mujer que por este hecho se hace disponible para mí.
El contenido de la prohibición no se agota en el hecho de la prohibición; ésta
se instaura sólo para garantizar y fundar, en forma directa o indirecta,
inmediata o mediata, un intercambio".
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 90.
L-S toma el concepto de "intercambio" de Marcel
Mauss. En el Essai sur le don (1925), Mauss describe el intercambio en las
sociedades "primitivas" como una serie de donaciones recíprocas. El
intercambio en estas sociedades no tiene sólo un carácter económico, sino que
es un "hecho social total", con un significado social, religioso,
mágico, económico, utilitario, sentimental, jurídico y moral. Los derechos, los
bienes y las personas circulan en el seno de estas sociedades mediante un
mecanismo continuo de prestaciones y contraprestaciones.
"[El papel del intercambio] en la sociedad primitiva es
esencial, puesto que abarca al mismo tiempo ciertos objetos materiales, valores
sociales y también a las mujeres; pero mientras que en relación las mercaderías
fue perdiendo importancia en provecho de otros modos de adquisición, por lo
contrario, en lo que respecta a las mujeres, conservó su función fundamental:
por una parte, porque éstas constituyen el bien por excelencia (….); pero sobre
todo porque las mujeres no son , en primer lugar, un signo de valor social sino
un estimulante natural y el estímulo del único instinto cuya satisfacción puede
diferirse: el único, en consecuencia, por el cual, en el acto de intercambio y
por la percepción de la reciprocidad puede operarse la transformación del
estímulo en signo y, al definir por este paso fundamental el pasaje de la
naturaleza a la cultura, florecer como institución".
Lévi-Strauss (1949), Las estructuras elementales del
parentesco: 102-3.
Para L-S las alianzas matrimoniales entre grupos forman
parte de un intercambio, en el cual lo que se transfiere como regalos son
mujeres. Los sistemas de parentesco cumplen la función de regular el
intercambio de mujeres y mantener de esta manera la continuidad del grupo.
El intercambio de mujeres entre grupos familiares se puede
realizar, según L-S de distintas formas:
- reciprocidad inmediata; dos hombres intercambian sus
hermanas y sus hijos varones vuelven a hacer lo mismo.
- reciprocidad diferida o aplazada; un hombre casaba a su
hermana con otro a cambio recibir una de las hijas de ese matrimonio para casar
a su hijo.
- reciprocidad generalizada: se establece una cadena de
intercambios sucesivos de hermanas que concluye con la entrega de una hermana
al primero que inició el ciclo.
L-S admite la universalidad de la familia nuclear, pero cree
que la unidad básica de la sociedad la forman la familia nuclear más el hermano
de la esposa, que era quien entregaba la esposa al marido creando un vínculo
entre cuñados.
"Para que exista una estructura de parentesco es
necesario que se hallen presentes los tres tipos de relaciones familiares dadas
siempre en la sociedad humana, es decir, una relación de consanguinidad, una de
alianza y una de filiación; dicho de otra manera, una relación de hermano a
hermana, una relación de esposo a esposa, y una relación de progenitor a hijo.
Es fácil darse cuenta de que [el avunculado] es la estructura (...) que permite
satisfacer esta doble exigencia según el principio de la mayor economía.
El carácter primitivo e irreductible del elemento de
parentesco tal como lo hemos definido resulta, en efecto, de manera inmediata,
de la existencia universal de la prohibición del incesto. Esto equivale a decir
que, en la sociedad humana, un hombre únicamente puede obtener una mujer de
manos de otro hombre, el cual la cede bajo forma de hija o de hermana. No es
necesario, pues, explicar cómo el tío materno hace su aparición en la
estructura de parentesco: no aparece, sino que está inmediatamente dado, es la condición de esa
estructura"
Lévi-Strauss (1958), Antropología
estructural, I: 90.
Fragmento de la nota
publicada en http://teoriaehistoriaantropologica.blogspot.com.ar/
la cual invito a leer