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Personas "no humanas": el pedido por los chimpancés que analiza la Justicia
En la Argentina, al igual que en Estados Unidos, donde también se presentaron reclamos similares, los animales son considerados jurídicamente "cosas", no gozan de personería jurídica y están sujetos al régimen de propiedad privada. Por lo tanto, no son pasibles de gozar de ningún tipo de derecho, salvo que su dueño lo requiera. En los extensos recursos interpuestos, grupos de abogados vernáculos y foráneos, casi en simultaneidad, piden que los chimpancés puedan ser jerarquizados como "personas no humanas". Argumentan que mientras las empresas son "entes jurídicos", los homínidos, que comparten un 99,4% de los genes con el hombre y son nuestros primos evolutivos, no son pasibles de gozar de ningún derecho. Cumplen una pena privativa de libertad ilegal, sin haber tenido nunca la posibilidad de ser libres y de vivir esa libertad, argumentan. "Ese limbo jurídico -sostienen- los convierte en víctimas inocentes de un sistema normativo discriminatorio e inmoral."
Con tres recursos ante los tribunales neoyorquinos, que esperan su resolución el mes próximo, el abogado Steve Wise, presidente de la ONG Nonhuman Rights Project, principal impulsor del reconocimiento de los derechos de los primates, fue el primero en sorprender a los magistrados de su país: el 2 de diciembre pasado puso como antecedentes el reconocimiento de los derechos de los aborígenes, derechos que antes les eran negados, junto con el célebre caso de hábeas corpus del esclavo negro James Somerset. En 1772, sin derecho alguno por su condición de esclavo, propiedad del escocés Charles Steward, a Somerset se lo consideró persona jurídica y se lo liberó. "Fue el principio de la abolición de la esclavitud y de la equiparación de derechos entre negros y blancos", dijo Wise a LA NACION. "Pero nosotros -agregó- no pedimos que los chimpancés sean considerados seres humanos, porque no lo son, sino que los tribunales tomen en cuenta la opinión de los 12 primatólogos más prestigiosos del mundo, que respaldan el planteo, y les adjudiquen la categorización de personas no humanas. El Homo sapiens es hombre-animal humano. El Pan troglodytes (chimpancé) es un animal-no humano: posee autonomía, autoconciencia, determinación, razonamiento para elegir, para construir herramientas por sus propios medios, para comunicarse por señas, automedicarse en la naturaleza y una estructura mental, emocional e imaginativa compleja como la nuestra: no pueden seguir siendo una cosa. Deben reconocérseles derechos básicos; si no serán abusados y explotados, como lo fueron los esclavos."
Wise, de 63 años, quien ostenta una fecunda trayectoria en Estados Unidos en derecho animal, visitó el país en abril pasado para disertar en la cátedra de Derecho Animal de la Universidad Nacional de Córdoba y ayudar con las argumentaciones jurídicas a sus pares argentinos.
Este tipo de planteo será discutido mañana, en el Colegio de Abogados de San Isidro, cuando el representante español de la ONG Proyecto Gran Simio (Great Ape Project), el naturalista Pedro Rozas Terrados, exponga la situación mundial de los grandes primates (chimpancés, orangutanes, gorilas y bonobos), junto con los avances científicos que los perfilan como "seres racionales y personas sintientes" que cultivan lazos familiares y se enferman física y psicológicamente en cautiverio.
Existe un antecedente mundial de 2007 en Bahía, Brasil, promovido por esa ONG -apoyada por la primatóloga inglesa Jane Goodall y el biólogo Peter Singer-, en el que un juez bahiano, sorprendentemente, accedió al hábeas corpus (instrumento jurídico reservado a las personas) y le concedió la libertad a una chimpancé: Suiza, recluida durante 10 años en un zoo de esa ciudad, no pudo ser liberada -recordó Rozas Terrados-, ya que el día anterior a su liberación murió envenenada.
"Su grado de inteligencia es muy alto, tienen cultura, han sabido aprender, comprender el lenguaje de los signos humanos e inventar palabras compuestas: si desconocían la palabra maceta, decían: cubo de tierra. Son nuestros compañeros evolutivos, seres especiales, lloran y ríen. No podemos tratarlos como meros objetos sin derechos", señaló Rozas Terrados.
En nuestro país, en tanto, donde viven en cautiverio 15 chimpancés, son cuatro los recursos planteados en defensa de tres de ellos: Toti, Toto y Monti llevan entre 20 y 45 años de cautiverio, en los zoos de Bubalcó (Río Negro), en Concordia (Entre Ríos) y en Santiago del Estero (donde el zoo fue cerrado).
Uno de ellos lo presentó la representante argentina de Proyecto Gran Simio, Alejandra Juárez. Los otros tres, la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (Afada), que preside el abogado correntino Pablo Buompadre, también promotor del hábeas corpus del oso Arturo de Mendoza. Afada esgrimió ante los tribunales que se les debe reconocer derechos a los primates "acorde con su cercanía genética, como homínidos no humanos y establecer urgentes medidas de protección y respeto".
"Cuando un juez dice que un chimpancé no reúne los requisitos de admisibilidad para que se le pueda otorgar un hábeas corpus, actúa de manera dogmática, jurídicamente errónea, filosóficamente errada y científicamente inexacta", aseguró a LA NACION Buompadre. "La mayoría de los textos normativos que regulan los hábeas corpus en nuestro país hablan de personas y no de seres humanos y el artículo 30 del Código Civil se refiere a los entes susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones, con lo cual no se puede afirmar que los hábeas corpus están sólo dirigidos a seres humanos", afirmó.
Consultado por LA NACION el juez en lo Criminal y Correccional de III Nominación, Darío Alarcón, que entiende en el hábeas corpus del chimpancé Monti, expresó: "Estoy de acuerdo con que los chimpancés puedan gozar de algunos derechos". Su fallo se espera para las próximas semanas. Mientras tanto, junto con el fiscal Julio Vidal, Alarcón ordenó medidas procesales para que especialistas se expidan sobre la conveniencia de que el chimpancés Monti, de 40 años, pueda soportar un viaje en avión a San Pablo, donde se halla el santuario propuesto como destino.
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